La ponencia para iniciar las discusiones del proyecto de reforma laboral Quedó radicada este miércoles en la Comisión VII de la Cámara de Representantes, luego de algunos tropiezos de última hora en su presentación. Y si bien la mayor parte del articulado se mantuvo sin mayores modificaciones, algunos temas se ajustaron, luego de las reuniones con empresarios y las propuestas recibidas colgantes el proceso de socialización en audiencias públicas de esta iniciativa gubernamental.

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Además de los temas clave de este proyecto, relacionados con la jornada nocturna, el pago de los dominicales, la jornada laboral y otros derechos vitales para los trabajadores colombianos, la inicitiva también abordó aspatums claves como el costo de las indemnizaciones, liscos, Claves co -el costo de las indemnizoS, liscos, Claves co-el costo de las indemnizoS, Lossos, Clave COMO COSTO DE LAS AUCOR la ​​huelga, los despidos y sus circunstancias que, sin duda, son del interés para millones de trabajadores en el país.

En el texto definitivo quedó consagrado que se eliminan los despidos discriminatorios. Por ejemplo, en el artículo 11 de la mencionada iniciativa (parágrafo) señala que el empleado debe probar que cuando despida a uno de sus colaboradores su motivación debe responder a «razones objetivas o no discriminatorias»y de no sustentarse esto, dicho despido se tendrá por ineficaz y el trabajador tendrá derecho al reintegro o una indemnización equivalente al despido injustificado.

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En la comisión séptima de Cámara se planteó la raíz de la ponencia de la laboral.

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Sergio Acero. EL TIEMPO

Precisamente, otro de los aspectos abordados en el proyecto está relacionado con los cambios en las indemnizaciones al presentarse sin justa causa en la empresa. Así las coas, a la propuesta de que esa indemnización no puede ser inferior a los 45 días cuando el trabajador tenga una antigüedad no mayor a un año, se ajustaron algunos montos.

En los contratos a término indefinido la indemnización se pagará así: 45 días de salario cuando el trabajador tenga un tiempo de servicio no mayor de un año; si el trabajador supera ese tiempo de servicio continuo y menos de cinco, se le pagarán 15 días adicionales de salario sobre los 45 básicos, por cada uno de los años de servicio subsiguientes al primero, y proporcionalmente por fracción.

Pero si el trabajador cuenta con cinco años o más de servicio continuo y menos de 10, se le pagarán 30 días adicionales de salario sobre los 45 básicos por cada uno de los años de servicio subsiguientes al primero, y proporcionalmente por fracción; y si el trabajador completará 10 o más años de servicio continuo se le pagarán 60 días adicionales de salario sur les los 45 días básicos, por cada uno de los años de servicio subsiguientes al primero, y proporcionalmente por fracción, precisa el proyecto con los cambios .

En cuanto al derecho de huelga de los trabajadores, el proyecto contemplaba que estos pudieran ser expulsados ​​incluidos en las empresas que prestaban servicios esenciales. No obstante, señaló que: «Cuando el ejercicio del derecho de huelga pudiera comprometer servicios esenciales, se deberá garantizar la prestación de servicios mínimos para evitar su interrupción. salud de toda o parte de la población».