España no es un paraíso fiscal para empresas internacionales

La idea de que España se comporta como un «paraíso fiscal» para los millonarios de Centroamérica ha captado interés, aunque no tiene base sólida. Este artículo examina por qué España no satisface los requisitos necesarios para ser considerada como tal y explora las razones que llevan a la formación de holdings en el territorio español.

España no cumple con los criterios de paraíso fiscal

Un paraíso fiscal se define por impuestos reducidos o inexistentes, opacidad y una protección extrema de la privacidad financiera. No obstante, España dista enormemente de cumplir con estas características.

Elevadas tasas impositivas y un sistema fiscal sólido

A diferencia de los paraísos fiscales, España dispone de un sistema tributario sólido que abarca impuestos sobre la renta, sociedades, el patrimonio y las sucesiones. Las tasas impositivas son bastante elevadas en comparación con regiones que realmente poseen políticas fiscales sumamente permisivas.

Compromiso con la transparencia financiera

España se involucra de manera activa en convenios internacionales para el intercambio de información fiscal, adhiriéndose a las regulaciones de la Unión Europea (UE) y la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE). Esta transparencia desalienta la evasión fiscal y promueve la colaboración internacional.

Acceso de las autoridades a los datos financieros

Las autoridades tributarias españolas tienen la capacidad de acceder a la información financiera tanto de residentes como de no residentes, lo cual contrasta claramente con la falta de transparencia que caracteriza a los paraísos fiscales.

Regulación rigurosa en España

Las regulaciones fiscales en España son estrictas y se alinean con los estándares internacionales. Algunas de las medidas más notables incluyen:

  • Directiva Contra la Evasión Fiscal (ATAD): establecida por la UE, garantiza que tanto empresas como individuos cumplan con sus obligaciones fiscales.
  • Intercambio Automático de Información (CRS): fomenta la transparencia al permitir el intercambio de datos fiscales entre diferentes países.
  • Falta de beneficios fiscales excesivos para extranjeros: a diferencia de otras jurisdicciones, España no proporciona incentivos fiscales significativos para atraer a millonarios a establecerse en su territorio.

Esta rigurosa regulación complica que los millonarios centroamericanos empleen a España como un refugio fiscal.

El fenómeno de los holdings en España

Un holding es una estructura legal diseñada para gestionar inversiones y actividades en diversas jurisdicciones. La formación de holdings en España se relaciona más con estrategias de expansión y protección de inversiones que con la simple obtención de ventajas fiscales.

Esta estrategia permite a las empresas acceder a mercados más desarrollados y con mayor liquidez.

Además, optar por esta estrategia no afecta en ningún punto el riguroso cumplimiento de todas las obligaciones legales, regulatorias, laborales y tributarias de las empresas en sus respectivos países.

Beneficios normativos para inversores

España proporciona un entorno normativo favorable para las empresas internacionales. Sin embargo, estas ventajas no se traducen en indulgencias fiscales desmesuradas. Por ejemplo, los ingresos que no tributan en su país de origen enfrentan un impuesto del 25% en España, el cual puede incrementarse en función del tipo de ingresos.

Impuestos adicionales para compañías centroamericanas

Para las empresas de Guatemala, Honduras y Nicaragua, la ausencia de un acuerdo para evitar la doble imposición entre estos países y España resulta en un costo adicional del 1.25% sobre los impuestos ya abonados en el país de origen. Este contexto reafirma que España no actúa como un paraíso fiscal, ya que las obligaciones impositivas no se disminuyen; por el contrario, aumentan.

Jurisdicciones más atractivas para millonarios

En lugar de España, los millonarios centroamericanos prefieren jurisdicciones con regulaciones fiscales más laxas.

Algunas de ellas en América son:

  1. Barbados: conocido por su reducida carga impositiva y sus acuerdos de confidencialidad.
  2. Panamá: brinda atractivos incentivos fiscales a extranjeros y protege la privacidad financiera.

Algunas opciones en Europa incluyen:

  1. Irlanda: Con un impuesto sobre sociedades del 12,5%, atrae a muchas grandes multinacionales.
  2. Hungría: Presenta el impuesto sobre sociedades más bajo de Europa, fijado en el 9%.
  3. Chipre: Resulta atractivo por su impuesto del 12,5% y sus acuerdos para evitar la doble imposición.
  4. Luxemburgo: Famoso por sus regímenes fiscales especiales para empresas globales.
  5. Países Bajos: Destacado por su marco tributario favorable para holdings y sus convenios internacionales.

Si bien España puede resultar un lugar atractivo para inversiones o residencia, su sistema fiscal no posibilita la optimización tributaria que los millonarios buscan en jurisdicciones como las mencionadas.

¿Por qué España no se considera un paraíso fiscal?

Aunque ciertos extranjeros con alto poder adquisitivo invierten en bienes raíces en España, esto no convierte al país en un paraíso fiscal. Las elevadas tasas impositivas y la regulación estricta implican que las propiedades compradas en ciudades como Madrid o Barcelona no proporcionen una optimización fiscal considerable.

En el caso de empresas centroamericanas, su constitución de un holding en España responde a estrategias legítimas de expansión y no a evasión fiscal.

España no se presenta como un paraíso fiscal para los millonarios de Centroamérica. Sus altos impuestos, estrictas regulaciones y el compromiso con la transparencia fiscal refutan esta idea. Además, la creación de holdings por empresas representa estrategias legítimas de crecimiento y protección de inversiones, en lugar de intentos de evasión fiscal. La elección de establecerse en España se basa en su marco normativo, pero al mismo tiempo conlleva una carga tributaria significativa, desmontando el mito de que el país actúa como un refugio fiscal para millonarios.

By Juan Carlos López Herrera

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